Publicada la orden de bases del programa Kit Digital

Publicada en el BOA la orden de bases del programa Kit Digital de Red.ES, quedamos a la espera de las ordenes de ayudas.
La Orden de Bases del programa Kit Digital ha sido publicada el BOE del 29 de diciembre de 2021.
A partir de ahora sólo falta la publicación de las llamadas:
- Para empresas beneficiarias.
- Para empresas que deseen ser Agentes de Digitalización para proveer a las anteriores.
El programa cuenta con más de 3.000 millones de euros para financiar la contratación de los siguientes servicios:
- sitio web y presencia en internet,
- comercio electrónico,
- gestión de redes sociales,
- digitalización de las relaciones con los clientes,
- business intelligence y analítica,
- automatización de procesos,
- implantación de la factura electrónica,
- servicios y herramientas de oficina virtual,
- comunicaciones seguras,
- ciberseguridad.
Empresas beneficiarios: la primera llamada a publicar estará dirigida a empresas de 10 a 49 trabajadores, y contar´á con 430 millones de euros.
Se aprobarán, tras la publicación de la llamada a beneficiarios, bonos de 12.000 euros por empresa que se podrán gastar en:

Las empresas pueden gastar su bono en varias categorías hasta sumar ese importe.
Agentes de Digitalización (empresas proveedores). Las empresas que deseen participar en el programa Kit Digital como proveedores deberán cumplir los siguientes requisitos (artículo 10 de la programación en el BOE):
- Estar en situación de actividad.
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No tener la consideración de empresa en crisis.
- Facturación acumulada de, al menos, 100.000 euros en los dos años anteriores a contar desde el momento de la presentación de la solicitud de adhesión, o 50.000 euros en el año anterior, en proyectos similares a los que se deben desarrollar para los beneficiarios en cualquiera de las categorías de soluciones de digitalización del Anexo IV; para el caso de las personas en situación de autoempleo sin trabajadores a su cargo, la facturación acumulada deberá ser de, al menos, 70.000 euros en los dos años anteriores a contar desde el momento de la presentación de la solicitud de adhesión, o 35.000 euros en el año anterior, en proyectos similares a los que se deben desarrollar para los beneficiarios en cualquiera de las categorías de soluciones de digitalización del Anexo IV.
- Comprometerse a generar en España el empleo que sea preciso para la prestación de los servicios.
- El empleo específico generado para la prestación de estos servicios deberá garantizar la calidad del servicio prestado mediante cualidades como, por ejemplo, el conocimiento y la adaptación a las particularidades del mercado.
- Mantener su domicilio fiscal y centro de prestación de actividades objeto de subvención en la Unión Europea.
Adicionalmente a lo anterior, los Agentes Digitalizadores Adheridos de más de 1.000 empleados o que tengan un volumen anual de negocios superior a 100 millones de euros deberán asegurar la prestación de sus servicios en la totalidad de la geografía nacional, mediante su propia red comercial o a través de terceros contratados.
Las Categorías de Soluciones de Digitalización especificarán los requisitos mínimos técnicos, funcionales y de servicio que deben cumplir las soluciones de digitalización ofertadas por los Agentes de Digitalización Adheridos en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa (+info: Anexo IV)
Preguntas más frecuentes. Puedes consultar en la web de nuestra plataforma nacional DigitalES las preguntas más repetidas – FAQ sobre la convocatoria.